El organismo dispuso a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial que se podrán cancelar los pagos en hasta 3 cuotas y con un pago a cuenta del 25%. Se excluye del beneficio a quienes estén categorizados como «riesgo muy alto», categoría E.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de mayo el plazo para cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
A través de la Resolución General 5177/2022 publicada esta madrugada en Boletín Oficial, la administración a cargo de Mercedes Marcó del Pont estableció que para «los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago regularicen sus obligaciones del impuesto» en hasta tres cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en esta última norma, sin consideración la categoría del «Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) en la que dichos sujetos se encuentran incluidos – siempre que se trate de las categorías A,B, C o D». Se excluye del beneficio a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E. El máximo es 8 cuotas y 6 planes por persona.
El “SIPER” es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.
En los fundamentos se destacó que es objetivo permanente de esta Administración Federal «coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias» de los contribuyentes y responsables, a fin de generar las condiciones necesarias para fortalecer la recuperación de la actividad económica y preservar las fuentes de empleo. El plazo, vencía este jueves.