El Gobierno de la Provincia informa que mediante Decreto N° 1.633, establece como período de receso estival 2020-2021 para todos los agentes de la Administración Pública Central de planta permanente como transitoria, el comprendido entre el 21 de diciembre del corriente año hasta el 12 de febrero de 2021.
Asimismo se indicó que cada repartición adoptará las medidas pertinentes para garantizar las cuestiones urgentes que pudieran suscitarse durante el receso, dejando una guardia que no podrá exceder el 30 por ciento de la planta de su personal, así como también se deja en claro que la prestación de servicios será solo en el turno de la mañana de 8.30 a 12.30 horas.
Quienes cubran la guardia podrán gozar de un periodo de compensación de receso que se extenderá entre el 15 de febrero al 8 de abril de 2021.
En el decreto se puntualiza que los Ministerios de Salud y de Educación, como las reparticiones que brindan servicios de seguridad y/o servicios esenciales, particularmente las encargadas de la gestión de pago de haberes y prestaciones alimentarias, quedarán facultadas a adecuar la modalidad de otorgamiento del receso a sus empleados según las características especiales de dichos servicios.
En la normativa se invita a los municipios, entes autárquicos y descentralizados a adherirse a la misma.