En la sesión extraordinaria realizada este viernes, se trataron los artículos que regulan el funcionamiento de feriantes, calesitas, puestos de pan caseros y ferias americanas, que pagarán un monto menor al que se había estipulado.
Por mayoría, el cuerpo de concejales aprobó la ordenanza Nª 5896, modificando los artículos 34, 109 y 111 de la Ordenanza N° 5824 (Impositiva año 2021). Tienen que ver el funcionamiento de feriantes, calesitas, puestos de pan caseros y ferias americanas en el centro y alrededores de la Ciudad. La comisión de Hacienda determinó que los montos tendrán una actualización tarifaria del 30 por ciento, en base a los siguientes montos: Juegos lúdicos o de entretenimiento rentados en plazas y paseos públicos, por mes, las calesitas pagarán 680 pesos, mientras que los inflables 180 pesos por metro cuadrado. Por cada juego de actividad manual, sin intervención mecánica, electrónica o eléctrica deberán pagar 310 pesos, mientras que aquellos que necesiten intervención mecánica, eléctrica o electrónica, 540 pesos. En toda otra zona, los montos serán los siguientes: calesitas 800 pesos, juegos inflables 90 pesos por metro cuadrado, por cada juego sin intervención mecánica o eléctrica 230 pesos y con intervención mecánica o electrónica 350 pesos.
En tanto que con la modificación del artículo 109, quedó redactado de la siguiente manera: «Entiéndase por puesto fijo la venta en baja escala y de escaso valor económico, realizado en vía pública, en mesa exhibidora, mueble o kiosco destinado en ese fin». Con las modificaciones, abonarán por mes: En zona céntrica, en macrocentro y avenidas, comestible, con un tamaño del puesto menor a 4 por tres metros cuadrados, una tasa de 1668 pesos; mayor de 4 por tres metros, 3 mil pesos. Los puestos no comestible menor de 3×4 metros, 1500 pesos; mayor de ese espacio 2670 pesos. Toda otra zona, comestible o no comestible, con un tamaño menor a 3×4 metros, 674 pesos, mayor a ese espacio 2000 pesos. Por falta de pago, las multas pasarán a 4 mil pesos en el centro y otras zonas, 3 mil pesos. Para la elaboración y comercialización de productos alimenticios, pastelería y empanadas, en la especialidad pan casero, tortillas, empanadas y churros, para su instalación se deberá pagar 340 pesos. En tanto que por la modificación del artículo 111, para la instalación de los stands en paseos públicos, de eventos públicos y privados, por día, en el tema comestible deberán abonar lo siguiente: por un espacio menor a 4×3 metros cuadrados, 130 pesos, mayor a ese espacio 205 pesos. No comestible menor a 4×3 metros, 175 pesos, mayor a ese espacio 230 pesos. Las ferias americanas o venta de ropa deberán abonar por día en el microcentro, con un stand menor a las dimensioens de 4×3 metros, 275 pesos; mayor a esa dimensión: 450 pesos. En el macrocentro, 140 pesos para aquellos que que tengan una dimensión de 3×4 metros cuadrados y 220 pesos si excede ese espacio. Esta tasa deberá ser pagada antes del evento y por los días que dure.
Cabe resaltar que antes que se traten los puntos del Orden del Día, por mayoría se decidió continuar con la sesión, tras la correspondencia recibida. Cabe resaltar que se presentaron notas, solicitando la postergación de la misma, por razones sanitarias y de protocolo.