Ley de Nietos: El Consulado de España en Argentina informó como se podrá obtener la doble nacionalidad

El Consulado de España en Buenos Aires informó una nueva alternativa que beneficiará a los hijos mayores de edad para tramitar la ciudadanía española mediante la Ley de Nietos y así obtener la doble ciudadanía.

Se trata de la cuarta vía relacionada dentro de la también denominada Ley de Memoria Democrática, con el objetivo de ampliar los vínculos familiares de argentinos que pueden convertirse en beneficiarios, confirmada vía Twitter.

El plazo para la presentación de las solicitudes se inició el 21 de octubre de 2022 y culminará el 21 de octubre de 2024. Los detalles de la normativa que comprende al grupo etario especificado se encuentran en la disposición adicional octava inciso C de La Ley 20/2022 publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La LMD (ley de nietos) permite que los hijos mayores de edad de quienes optan a la nacionalidad española por la misma (o, en su día, por la Ley de Memoria Histórica) puedan optar también por la nacionalidad española.

Según establece, podrán adquirir la nacionalidad española “los hijos e hijas mayores de edad a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre”.

Ley de Nietos: quiénes pueden solicitar la ciudadanía europea

Según detalló el Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación de España, la nueva Ley de Nietos permite que los hijos y nietos de personas nacidas en España y exiliadas durante el franquismo adquieran la doble nacionalidad de forma directa, sin necesidad de vivir en el país por un lapso mínimo determinado. Antes sólo podían solicitarla los hijos de ciudadanos españoles.

También aquellas personas que hayan nacido fuera de España de madre española que haya perdido la nacionalidad por haberse casado con un extranjero antes del 29 de diciembre de 1978.

Lo mismo pasa para las personas mayores de edad que sean hijos de padre o madre españoles a quienes se les haya reconocido la nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de la Ley 20/2022 (Ley de Memoria Democrática) o con la Disposición Adicional 7º de la Ley 52/2007 (Memoria Histórica).

 

 

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