Las acusadas de matar a Lucio Dupuy no estarán presentes en la lectura del veredicto

Los jueces Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora y la jueza Alejandra Ongaro decidirán si son culpables o inocentes. La Fiscalía solicitó la pena de prisión perpetua para las acusadas Magdalena Espósito Valenti y su pareja, Abigail Páez.

Los jueces Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora y la jueza Alejandra Ongaro, darán a conocer este jueves 2 de febrero a las 12:00 el veredicto en el que determinarán si Magdalena Espósito Valenti y su pareja, Abigail Páez son culpables o no del delito de «homicidio calificado y abuso sexual ultrajante» contra Lucio Dupuy.

Las acusadas por el abuso y asesinato del niño, no estarán presentes en la audiencia, y se cree que lo seguirán vía Zoom desde el Centro de Detención de San Luis. La Fiscalía solicitó para ellas la pena de prisión perpetua, pero si el Tribunal no considera lo mismo, tendrá 15 días para dar a conocer la sentencia.

El juicio se desarrolló durante 18 audiencias en las que se juzgó a las acusadas y la Fiscalía integrada por Verónica Ferrero, Máximo Paulucci y Mónica Rivero, dio por acreditado que Magdalena Espósito Valenti, mamá de Lucio, y su novia, Abigail Páez, mataron al niño de 5 años entre las 17:30 y 19:40 del 26 de noviembre de 2021 en la ciudad de Santa Rosa.

La fiscal Ferrero, basándose en la operación de autopsia, habló de un maltrato físico continuo –aludió a lesiones de vieja data– y consideró que también quedaron acreditados los abusos sexuales en reiteradas ocasiones.

Magdalena Espósito Valenti fue acusada de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización con acceso carnal vía anal con un objeto (agravado por haber sido cometido por la ascendiente) con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años. Todo como delito continuado en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía.

A Abigail Páez se le imputó abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización y con acceso carnal vía anal con un objeto; agravado por haber sido cometido por la guardadora, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años. Todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía.

Fuente Perfil

Compartí en las redes
WP Radio
WP Radio
OFFLINE LIVE